lunes, 9 de junio de 2014

Clase 13

SEGURIDAD SOCIAL 


Seguridad Social: Otorga salud, previsión, empleo y Seguridad laboral a trabajadores y familia de estos
Protección Social:
“La protección social consiste en la acción colectiva de proteger a los individuos contra los riesgos inherentes a la vida humana y/o asistir necesidades generadas en diferentes momentos históricos y relacionadas con múltiples situaciones de dependencia”

La Protección Social es más amplia e incluye la Seguridad Social.

Por lo tanto, seguridad social es el compromiso inicial de un Estado por establecer políticas públicas permanentes de asistencia, apoyo y protección a sus ciudadanos.

El Estado de Bienestar incorpora:
1) Seguridad Social
2) Protección Social
3) Regímenes de Bienestar Social
4) Estado de Bienestar

Principios: Base del sistema de seguridad social

Principales:
-          Solidaridad: cada cual aporta al sistema de seguridad social según su capacidad contributiva
-          Universalidad: objetiva (cubre toda contingencia del trabajador) y subjetiva (toda persona debe estar amparada)
-          Participación: La sociedad debe involucrarse en la administración y dirección de la seguridad social.
-          Igualdad: todas las personas deben ser amparadas igualitariamente ante una misma contingencia

Secundarios para algunos países:
-          Suficiencia o integridad: La prestación que se otorgue debe cubrir en forma plena y
tiempo.
-          Obligatoriedad: Las normas de seguridad social son imperativas.
-          Unidad: toda institución estatal, paraestatal o privada, que actúe en el campo de la previsión social deba hacerlo bajo una cierta unidad
-          Equidad: individual (equivalencia monto de prestaciones contribuciones), y colectiva (prestaciones y contribuciones esperadas es la misma para todos los individuos)

Seguridad Social en Chile
-          Mutuales o mutualidades, primeras agrupaciones de cubrimiento de necesidades
-          Seguridad Social Moderna (1920), programas estatales financiados con impuestos generales y aportes obligatorios.
Bajo este marco se dicta: Ley 4054 Seguro Social, Ley 4055 de Accidentes del Trabajo y Ley 4059 Indemnización de Empleados Públicos

Programas de Seguridad Social en Chile:
-          Sistema de Pensiones D.L. 3500
-          Régimen Antiguo de Pensiones
-          Garantía estatal Para pensiones mínimas del Nuevo Sistema Previsional
-          Programa de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, ley 16.744
-          Asignaciones Familiares y Subsidios de Cesantía, DFL 150
-          Sistema de salud: Sistema Institucional y libre Elección e Instituciones de salud previsional
-          Subsidio Incapacidad Laboral
-          Subsidio de Maternidad
-          Programa nacional de salud Complementaria (PNAC)
-          Programa Materno Infantil.
-          Subsidio Único familiar (SUF)
-          Subsidio a la Madre
-          Subsidio Maternal
-          Subsidio al recién nacido
-          Pensiones Asistenciales: de Ancianidad e Invalidez.

Organización Jurídico Institucional

Cajas de previsión:

-          Programa de Seguridad Social (1924) sistema de reparto que cubre la vejez, incapacidad, muerte y más subsidios y beneficios de salud.
-          Se divide en: Trabajadores manuales, trabajadores asalariados, empleados públicos.

Hubo una gran desigualdad entre estos grupos, ya que a mayor poder económico y político mayores eran sus beneficios.
      
        Cajas de Previsión del Sistema Antiguo

-          Servicio de Seguro Social S.S.S.
-          Caja de Previsión de Empleados Particulares. (Empart)
-           Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, sector Empleados Públicos (CANAEMPU)
-          Caja Bancaria de Pensiones (BANCARIA)
-          Caja de Previsión y Estímulo de los Empleados del Banco de Chile (Banco Chile)
-          Sección Previsión Social del Banco Central (Banco Central)
-          Caja de Previsión y estímulo de los empleados del Banco Estado (Banco del Estado)
-          Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA)
-          Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA)

Existían diferencias al momento de jubilar (para hacerlo dependía de la caja, años y cant de imposiciones), diferencias de montos de indemnización entre alguien del  “Servicio de Seguro Social” y “Una Caja bancaria” y si los trabajadores no tenían suficientes imposiciones, no eran jubilados. También se entendía la jubilación como un servicio estatal.

Instituto de Normalización Previsional (1980): encargado de pensiones y beneficios de trabajadores no afiliados o no cotizan en las AFP. El INP está basado en un sistema de reparto, atiende a los pensionantes y cotizantes de cajas antiguas. Además de encargarse de pensiones de gracia, mínimas y otras.

Garantía Estatal: Respaldo financiero del Estado, que asegura una pensión mínima a los afiliados cuyo saldo de la Cuenta de Capitalización Individual en la AFP se agotó y, para aquellos que no tienen derecho al Bono de Reconocimiento, siempre que, en ambos casos, el afiliado cumpla con los requisitos establecidos para estos efectos.

Sistema Antiguo Previsional se va desfinanciando por la marginalidad que se producia a trabajadores independientes (30% de la fuerza laboral

Nuevo Sistema Previsional D. Ley 3500: Se destaca la capitalización individual para conformar la prevención de vejez, fondos administrados por las AFP. También se crea un seguro de protección de salud (ISAPRES). Ambos sistemas son privados y fiscalizados por el estado.


Reforma Previsional Ley 20255: 
http://www.estrellaiquique.cl/impresa/2014/06/20/full/20/

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